Diseños Industriales

Diseños industriales


Los diseños industriales son todas las formas externas o apariencia estética de un producto que resulte de cualquier combinación de líneas o combinación de colores. Pueden ser bidimensionales o tridimensionales, su protección no recae sobre el efecto técnico o funcional del producto.


 

La única condición en Perú para que un diseño industrial sea protegido es la novedad, es decir que se diferencie claramente de un producto de su misma clase o similares, no es considerado nuevo el diseño que presente diferencias secundarias que puedan causar confusión frente a diseños anteriores. Esta novedad se evalúa con respecto a las creaciones a nivel mundial.

Para determinar en qué clase se encuentra el diseño industrial que se pretende proteger puede utilizar la clasificación de Locarno, que es una información dividida en clases de productos, para designarlas se utilizan un par de números y éstas a su vez se dividen en subclases de productos más específicos que utilizan la misma codificación.

Los diseños industriales a nivel internacional se pueden consultar, por ejemplo en la base de datos de la Oficina Española de Patentes y Marcas, www.oepm.es

Causales de irregistrabilidad

En Perú hay diseños que no son susceptibles de ser registrados, específicamente los que atenten contra la moral y las buenas costumbres, aquellos cuya apariencia estuviese dictada enteramente por consideraciones de orden técnico o por la realización de una función técnica, que no incorpore ningún aporte arbitrario del diseñador; y los que consistan únicamente en una forma cuya reproducción exacta fuese necesaria para permitir que el producto que incorpora el diseño sea montado mecánicamente o conectado con otro producto del cual forme parte. Art 116 Decisión 486 de la Comisión Del Acuerdo de Cartagena.

El término de duración de la protección de un diseño industrial es de 10 años contados a partir de la fecha de radicación de la solicitud.

El titular del registro de un diseño industrial puede impedir que terceros sin su autorización fabriquen, importen, ofrezcan o utilicen comercialmente productos que incorporen o reproduzcan la forma del objeto protegido.