Patentes de invención, modelos de utilidad y topografías de productos semiconductores

Las patentes, los modelos de utilidad y las topografías de productos semiconductores son títulos otorgados por el Estado con los que el titular adquiere un derecho en exclusiva sobre su invención y el de impedir temporalmente a otros la fabricación, venta o utilización comercial en España de la invención protegida.

Con las patentes se protege un procedimiento, aparato o producto nuevo y con actividad inventiva así como todo perfeccionamiento o mejora de los mismos. Las patentes ofrecen una nueva solución técnica a un problema técnico.

Los modelos de utilidad protegen invenciones de menor rango inventivo que las protegidas por patentes como objetos (instrumentos, herramientas, aparatos, dispositivos) cuya configuración, estructura o constitución determina una ventaja apreciable para su uso o fabricación. Por ello las invenciones de procedimiento, las variedades vegetales o las invenciones que incorporan materia biológica no pueden ser protegidas como modelos de utilidad, sólo por patente.

Las topografías de productos semiconductores son la modalidad de Propiedad Industrial que protegen los circuitos integrados electrónicos.

Requisitos exigidos en las patentes y modelos de utilidad: tanto para registrar una invención como patente o como modelo de utilidad es necesario que cumpla con los requisitos de novedad, debe implicar actividad inventiva y debe tener aplicación industrial. Los requisitos de novedad y actividad inventiva exigida a los modelos de utilidad son similares al de las patentes aunque se aplican de una manera menos estricta.

Duración de la protección: En España, la patente tiene una duración de 20 años improrrogables y los modelos de utilidad de 10 años, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y produce sus efectos desde el día en que se publica la mención de la concesión en el Boletín Oficial de Propiedad Industrial (BOPI).

No obstante, la publicación de la solicitud confiere una protección provisional que se extiende desde la fecha de publicación de la solicitud hasta la fecha de concesión de la patente. La concesión de la patente se hace sin perjuicio de terceros y sin garantía del Estado en cuanto a la validez de la misma y a la utilidad del objeto sobre el que recae. Los efectos de la patente y modelo de utilidad se circunscriben al territorio nacional español. Para mantenerlos en vigor, el titular de la misma deberá abonar las anualidades establecidas que se revisan anualmente.

Los derechos que confieren estas modalidades de Propiedad Industrial a su titular son la posibilidad, en exclusiva, de explotación, fabricación, puesta en el mercado y la utilización del objeto producto protegido y, sobre todo, el derecho de impedir a terceros la fabricación, uso o introducción en el mercado de dicho producto o procedimiento protegido (sólo en patentes) en el comercio.

Protección de las invenciones en el extranjero: para proteger una invención en otros países miembros del Convenio de la Unión de París (CUP) o de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el solicitante puede ejercer el derecho de prioridad. En virtud de este derecho, el solicitante cuenta con un plazo de 12 meses desde la fecha de presentación de su solicitud para presentarla en otros países, manteniendo como fecha de presentación de esas solicitudes posteriores, la de la presentación del primer registro en España (fecha de prioridad).

Existe la posibilidad de efectuar depósitos de solicitudes con efectos de presentación en varios países a la vez. Esta posibilidad se ofrece al solicitante que utiliza lavía europea y la vía P.C.T. Puede obtenerse toda la información en www.oepm.es

Normativa vigente:

https://www.oepm.es/es/conoce-la-propiedad-industrial/normativa-y-jurisprudencia/

Topografías de Productos Semiconductores

Los títulos de protección de topografías de productos semiconductores son la modalidad de Propiedad Industrial que protegen los circuitos integrados electrónicos. Su fin es proteger el esquema de trazado de las distintas capas y elementos que componen el circuito integrado, su disposición tridimensional y sus interconexiones, lo que en definitiva constituye su "topografía".

Requisitos para su protección:

Se requiere que la topografía de un semiconductor sea el resultado del esfuerzo intelectual de su creador y no sea un producto corriente en la industria de semiconductores. Cuando la topografía de un producto semiconductor esté constituida por elementos corrientes en la industria de semiconductores, estará protegida sólo en la medida en que la combinación de tales elementos, como conjunto, cumpla los requisitos mencionados.

Derechos conferidos por su registro:

El registro de las Topografías de Semiconductores otorga a su titular el derecho exclusivo de autorizar o prohibir los siguientes actos:

a) La reproducción de una topografía protegida salvo la reproducción a título privado con fines no comerciales;
b) La explotación comercial o la importación con tal fin de una topografía o de un producto semiconductor en cuya fabricación se haya utilizado la topografía.

Excepciones a su protección:

Los derechos exclusivos otorgados sobre una Topografía de Semiconductores no se extienden a aquellos cuya creación esté basada en el análisis y la evaluación de otra topografía efectuados con fines de análisis, evaluación o enseñanza de los conceptos, procedimientos, sistemas o técnicas incorporados en la topografía, o de la propia topografía.

Duración de la Protección:

La duración de la protección es de 10 años, contados a partir de la primera en el tiempo, de las fechas siguientes:

a) En la que la topografía ha sido objeto de explotación comercial por primera vez en cualquier lugar del mundo.
b) En la que se haya presentado la solicitud de registro en debida forma.

Más información:
http://www.oepm.es/es/invenciones/index.html

Normativa vigente:

Ley 11/1988, de 3 de mayo, de protección jurídica de Topografías de los Productos Semiconductores