Patentes de Invención y Modelos de Utilidad

¿QUÉ ES UNA PATENTE Y UN MODELO DE UTILIDAD?

Toda invención se inicia cuando se detecta un problema a resolver y se propone una solución técnica específica, utilizando elementos conocidos que, combinados de una manera especial, dan origen a un nuevo objeto desconocido hasta ese momento.

Por lo tanto, debe contar con alguna característica nueva que no sea conocida en el cuerpo de conocimiento existente hasta el momento en el ámbito técnico (Estado de la Técnica).

Existen algunas invenciones que no parten de algo conocido, sino que definen de cero una nueva tecnología que reemplaza a la anterior, como fue el rayo láser en su momento o la tecnología digital versus la analógica. Este tipo de invenciones son esporádicas y por lo general marcan hitos culturales que definen una época, por lo cuál no son un ejemplo representativo de lo que se considera una invención “tipo”.

Una patente de invención puede ser un objeto, un procedimiento, un aparato para fabricar el objeto, un compuesto químico, un microorganismo, etc. En todos los casos, debe cumplir con los tres requisitos de patentabilidad: novedad, actividad inventiva y aplicación industrial.

Un modelo de utilidad se otorga únicamente a una disposición o forma nueva obtenida o introducida en herramientas, instrumentos de trabajo, utensilios, dispositivos u objetos conocidos que se presten a un trabajo práctico, en cuanto importen una mejor utilización en la función a que estén destinados.

En todos los casos, un modelo de utilidad debe cumplir sólo con dos requisitos de patentabilidad: novedad y aplicación industrial, pero puede no tener actividad inventiva, ya que este requisito no es obligatorio.

 

¿CUÁLES SON LOS DERECHOS?

Una patente de invención es un derecho que el Estado otorga al inventor para ejercer la exclusividad sobre su invento. Lo habilita para impedir que terceros, sin autorización, realicen actos de fabricación, uso, oferta para la venta, venta o importación del producto o procedimiento patentado.

Como toda patente es un bien intangible y al igual que un título de propiedad inmobiliario o automotor, el titular puede venderla, dejarla como herencia o incluso regalarla.

El modelo de utilidad es un derecho que se otorga al inventor para proteger las innovaciones introducidas a herramientas, instrumentos de trabajo u objetos que sirvan para usos prácticos.

En ambos casos el inventor, a cambio de este derecho exclusivo, debe compartir información sobre su investigación para enriquecer el conocimiento público y promover la creatividad e innovación.

 

Tiempo de protección

Patentes: 20 años por única vez.

Modelos de utilidad: 10 años por única vez.

Los plazos comienzan a correr desde la presentación de la solicitud y no son renovables, al finalizar el período, pasan a ser de dominio público.

 

¿CÓMO INICIAR EL TRÁMITE DE REGISTRO?

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CONVENIO DE PARÍS

Es un tratado firmado por nuestro país, ratificado por la ley 17.011 y según su artículo 1° los países a los cuales se aplica el Convenio se constituyen en Unión para la protección de la propiedad industrial

Entre sus beneficios más notorios, establece que quien hubiere depositado en algún país miembro una solicitud de patente o modelo de utilidad y estuviera interesado en presentar la misma solicitud en algún otro país miembro, tiene derecho a pedir un certificado de prioridad.

Esto significa en términos concretos, que cuando se evalúe la novedad de lo propuesto en los países donde se invocó la prioridad, la fecha que tendrán en cuenta será la de la presentación original en nuestro país y no la de la presentación en esos países, siempre y cuando dicha segunda presentación se hubiere realizado dentro de 1 año a partir de la presentación original en nuestro país.

 

LEGISLACIÓN

Ley de Patentes y Modelos de Utilidad (Ley 24.481)

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