Derechos de Autor

El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores de las obras literarias y artisticas, asi como la forma literaria o artistica de las obras cientificas.

La autoridad competente en República Dominicana es la Oficina Nacional de Derechos de Autor ONDA; la normatividad aplicable es la Ley 65 de 2000.

Unicamente la persona natural puede ser autor. Sin embargo, el Estado, las entidades de derecho publico, las personas morales o juridicas pueden ejercer los derechos del autor y los derechos afines como titulares derivados.

Derechos conferidos:

Derechos morales que incluyen dos aspectos esenciales el derecho a la paternidad, es decir a ser reconocido como autor de la obra, permanecer anónimo, utilizar un seudónimo y el derecho a preservar la integridad de la obra, pudiendo así oponerse a cualquier modificación o realización de obras derivadas de la suya, estos derechos son perpetuos, inalienables e irrenunciables.

Los Derechos Patrimoniales conforme a estos derechos una obra protegida por derecho de autor no puede ser reproducida, traducida, adaptada, exhibida o representada en público, ni distribuida, emitida o comunicada al público sin el permiso de su autor. Estos derechos son temporales y susceptibles de ser transmitidos.

La vigencia de los derechos patrimoniales del derecho de autor en República Dominicana corresponden durante su vida y, después de su fallecimiento, disfrutarán de ellos quienes legítimamente los hayan adquirido por el término de cincuenta años.