Superindustria protege la marca RAY BAN y niega registro del signo BOY LAN
- La Superintendencia de Industria y Comercio determinó que el registro de marca BOY LAN, para identificar gafas e instrumentos ópticos, solicitado por EDWIN LOAIZA, se asemeja a la marca RAY – BAN, de la sociedad LUXOTTICA GROUP S.P.A.
- La Superindustria determinó que los signos RAY-BAN y BOY LAN comparten similitudes ortográficas, así como trazos similares en el tipo de letra utilizada que podrían causar confusión a los consumidores.
Bogotá, D.C., 6 de Noviembre de 2015. La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Resolución No. 82.583 de 2015, protegió el signo que identifica las gafas de sol RAY-BAN, de la sociedad LUXOTTICA GROUP S.P.A., para identificar “aparatos e instrumentos ópticos”, y negó el registro de la marca BOY LAN, solicitada por el señor EDWIN LOAIZA.
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Marca solicitada |
Marca registrada |
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La Dirección de Signos Distintivos de la Superindustria, en el análisis de registrabilidad del signo BOY LAN solicitado, lo comparó con la marca RAY – BAN registrada. Al analizar la estructura de los signos, se determinó que existe riesgo de confusión, dadas las similitudes ortográficas, pero principalmente consideró que estos compartían los mismos trazos, forma y disposición de las letras.
De igual forma, la Superindustria determinó que ambos signos pretendían identificar los mismos productos o similares, como son los instrumentos ópticos o gafas, de manera que negó el registro de la marca BOY LAN para proteger la marca RAY-BAN y a los consumidores frente al evidente riesgo de confusión que generaría la coexistencia de los signos en el mercado.
Procedencia de recursos
Contra la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio procede el recurso de apelación ante el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial.
¡Superintendencia de Industria y Comercio, valoramos lo que tú valoras!


