Preguntas frecuentes

¿Cuáles son los beneficios de registrar una Marca?

Con el registro de su marca usted tiene:

• Un derecho de exclusividad.

• Incorpora un activo a su empresa o negocio: bien intangible susceptible de valoración económica en el mercado.

• Garantiza la distinción de sus productos y servicios diferenciándolos de sus competidores.

• La posibilidad de poder accionar contra quienes utilicen su marca o una similar induciendo a error o confusión al público consumidor.
 

¿Cuál es la diferencia entre el Nombre Comercial y una Marca?

El Nombre Comercial es el signo distintivo que identifica a su empresa, establecimiento comercial o negocio. Mientras que la marca es el signo que sirve para identificar en el mercado los productos o servicios.

Ejemplos:

• MARREROJX es el nombre comercial de una compañía que se dedica a la fabricación de prendas de vestir y MARIPOXAS es la marca con la que distinguen la lencería que fabrican.

• BRETINO ROJAS & ASOCIADOS es el nombre comercial de una compañía que se dedica a la venta de bienes raíces. Ellos han desarrollado un servicio vía Web Side que permite atender los pedidos y requerimientos de sus clientes y lo distinguen bajo la marca BRETONLINE.
 

¿Porqué no se puede registrar un signo genérico como Marca?

Unas de las condiciones indispensables para que un signo se constituya en una marca es que goce de distintividad y pueda diferenciarse de los otros signos que convergen en el mercado. La prohibición que establece el marco legal vigente se fundamenta en que un signo que constituya exclusivamente en un genérico no podría otorgarse en exclusiva por que constituye la designación e identificación necesaria del producto o servicio en el mercado y esto generaría problemas en el tráfico comercial, puesto que impediría a los demás competidores utilizar la expresión para promocionar sus productos, esto teniendo en cuenta que el registro marcario confiere el derecho exclusivo sobre el signo.

Es por ello, por ejemplo que si una empresa desea registrar la marca CAMISA para vender camisas estas se deniega por ser una denominación genérica del producto que se desea identificar. En todo caso es bueno destacar que un signo genérico puede ser registrado si esta dotado de elementos adicionales sean denominativos o figurativos que le otorguen distintividad.

 

¿Porqué no se puede registrar un signo descriptivo como Marca?

El requisito de distintivita de una marca es fundamental para reconocerla como tal. Es importante destacar que en el caso de los signos descriptivos estamos ante la presencia de signos que proporcionan información sobre las características, cualidades o describen el producto o servicio en sí mismo, por lo que no se podría reconocer un derecho de exclusividad sobre estos.

Asimismo se enmarcan en esta categoría los términos cualitativos o elogiosos tales como rápido, el mejor entre otros.

A modo de ejemplo podemos indicar los siguientes:

• Dulce para distinguir chocolates.

• Algodón para prendas de vestir.

• Graneado para arroz.

En todo caso es bueno destacar que un signo descriptivo puede ser registrado si esta dotado de elementos adicionales que le otorguen distintividad.
 

¿Qué es la Clasificación de Niza?

Es la clasificación internacional de productos y servicios que se utiliza para el registro de las marcas de productos o servicios.

¿Puedo utilizar una Marca sin registrarla?

Si, pero no tiene protección legal y corre el riesgo de que otra persona la utilice y la registre con las consecuentes perdidas económicas que puede generarle esta situación.

¿Qué es una búsqueda de antecedentes de un Signo Distintivo?

Búsqueda realizada en la base de datos de la ONAPI, de los Signos Distintivos registrados o en trámite de registro, que sean iguales o parecidos a solicitud de parte interesada.

¿Qué es una patente?

Derecho que otorga el Estado a un inventor o persona que demuestre su calidad, por el cual adquiere la facultad de prohibir a otras personas la fabricación, uso o venta de su invento patentado.

¿Qué se puede patentar como Invención, patente de Modelo de Utilidad y Diseño Industrial?

Se puede registrar bajo la figura de patente, una invención, que es toda creación humana que resuelve un problema técnico y cumple con los requisitos de la Ley. Se brinda protección bajo patente de invención para productos y procedimientos.

Son registrables bajo la figura de la patente de modelo de utilidad: los objetos, utensilios, aparatos o herramientas que, como resultado de una modificación en su disposición, configuración, estructura o forma, presenten una función diferente o mejorada, que ofrece ventajas en cuanto a su utilidad. Esta protección es sólo para productos, no incluye los procedimientos.

Son registrables bajo la figura de diseño industrial la combinación de figuras, líneas o colores, formas, que se incorporen a un producto industrial con fines de ornamentación y que le den un aspecto peculiar y propio, una apariencia especial que no puede implicar un efecto técnico.
 

¿De qué derechos goza una patente?

El titular de una patente tiene el derecho de decidir quién puede -o no puede- utilizar la invención patentada durante el período en el que está protegida la invención. El titular de la patente puede dar su permiso, o licencia, a terceros para utilizar la invención de acuerdo a términos establecidos de común acuerdo. Puede asimismo vender el derecho a la invención a un tercero, que se convertirá en el nuevo titular de la patente.

¿Qué documentos debo depositar con mi solicitud de patente?

• Un formulario de solicitud.
• Una descripción.
• Una o más reivindicaciones.
• Un resumen.
• Dibujos (si aplica).
• Poder de representación (en caso de que tenga un representante).
• Documento de cesión (en caso de que el o los inventores hayan cedido sus derechos).
• Copia certificada de prioridad (cuando la solicitud ha sido presentada previamente en otro país).
 

¿Qué son las reivindicaciones?

Las reivindicaciones constituyen la parte más importante de un documento de Patente, ya que especifica lo que se quiere proteger de la invención, es donde se fija el alcance de la protección que se quiere obtener.

¿Puedo renovar mi patente?

No, cuando la patente expira, la invención pasa a pertenecer al dominio público; es decir, el titular deja de detentar derechos exclusivos sobre la invención y queda disponible para la explotación comercial por parte de terceros.

 

¿Queda protegido el invento o diseño con la solicitud?

El hecho de solicitar una patente de invención o de modelo de utilidad o un registro de diseño industrial, constituye una expectativa de derecho, el derecho se adquiere hasta que la patente o el registro son concedidos por la ONAPI, sin embargo, el derecho una vez adquirido surte efectos desde la fecha de presentación de la solicitud o de prioridad en su caso

 

¿Cómo puedo proteger mi patente en el extranjero?

La patente o el diseño industrial concedidos en República Dominicana le dan derechos al titular solamente dentro del territorio nacional. Si se desea obtener derechos en otros países, el inventor puede optar por una de las siguientes vías:

• Sistema Tradicional de Patentes - Vía Nacional.
• Vía Internacional, a través del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT).

Sistema tradicional de Patentes:

Mediante este sistema, es necesario presentar una solicitud de Patente ante las oficinas de Propiedad Industrial de los territorios en los que se desee la protección, cumpliendo con los requerimientos establecidos por la legislación de dichos países.
Los países que son miembros del Convenio de París cuentan con un plazo de 12 meses contados a partir de la fecha de la primera presentación, para presentar la solicitud en los países donde tenga interés.

Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT):

Es un tratado multilateral entre Estados que entró en vigor en 1978, República Dominicana entró a formar parte a partir del 28 de mayo de 2007 y constituye el Estado número 137.

El PCT, es un sistema de presentación internacional de solicitudes de patentes y modelos de utilidad, el cual simplifica el procedimiento de tramitación internacional. En dicho sistema no se conceden patentes pues la decisión de conceder patentes la toman exclusivamente las oficinas nacionales.

El sistema brinda ciertas ventajas a los solicitantes, entre las que se pueden mencionar:

• Se presenta ante la Oficina Nacional de Patentes (oficina receptora) una sola solicitud.
• Se presenta en un solo idioma.
• Designación automática para todos los estados contratantes.
• La fase nacional se aplaza hasta 30 meses a partir de la fecha de prioridad.
• La Autoridad de Búsqueda Internacional emite un Informe de Búsqueda Internacional unido a la opinión escrita sobre la patentabilidad de la invención.

IMPORTANTE: En el caso de los Diseños Industriales siempre habrá que presentar solicitudes de registro siguiendo el sistema tradicional.
 

¿Quién puede actuar como solicitante en el PCT?

Puede actuar como solicitante cualquier persona natural o jurídica, nacional o domiciliada en un país miembro del Tratado.

¿Qué tengo que hacer para mantener vigente mi patente?

Para mantener la vigencia de una Patente de Invención, el solicitante deberá realizar pagos de tasas anuales, durante los veinte años de vigencia. El primer pago deberá realizarse al segundo aniversario contado a partir de la fecha de solicitud. Los pagos subsiguientes deberán realizarse cada año en la misma fecha, teniendo un plazo de seis meses de gracia a partir del vencimiento.

Para mantener la vigencia de una Patente de Modelo de Utilidad, el solicitante deberá pagar dos tasas de mantenimiento durante los quince años de vigencia, estas tasas serán pagadas al quinto y al décimo año contados a partir de la fecha de solicitud.