Superindustria declara notoriedad de DUNKIN’ DONUTS y niega el registro de RICAS DONUTS DONUTS

  • La Superintendencia de Industria y Comercio declaró la notoriedad de la marca mixta DUNKIN’ DONUTS para la industria de las donas en Colombia, para el periodo comprendido entre enero de 2010 y enero de 2015.
  • En la misma decisión la Superindustria negó el registro de la marca “RICAS DONUTS DONUTS” solicitada por INDUSTRIA DE DONUTS INDUDONUTS SAS, al considerar que sus similitudes con la marca notoria DUNKIN’ DONUTS podrían generar confusión en los consumidores.

Bogotá, D.C., 16 de Mayo de 2016. La Superintendencia de Industria y Comercio, mediante Resolución No. 26.842 de 2016, declaró la notoriedad de la marca mixta DUNKIN’ DONUTS, para identificar “donas” para el periodo comprendido entre enero de 2010 y enero de 2015, y negó el registro de la marca mixta RICAS DONUTS DONUTS, solicitada por INDUSTRIA DE DONUTS INDUDONUTS SAS para identificar productos de pastelería y de confitería, incluyendo pan y donas, pertenecientes a la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza,

En este caso concreto, la sociedad DD IP HOLDER LLC se opuso al registro marcario solicitado alegando que la marca RICAS DONUTS DONUTS era similar y confundible con su marca DUNKIN’ DONUTS la cual está registrada y goza del grado de notoria.

Una vez fueron valoradas las pruebas aportadas por DD IP HOLDER LLC., la Superintendencia de Industria y Comercio concluyó que existía evidencia suficiente para demostrar que la marca DUNKIN’ DONUTS es reconocida en el sector de las donas. Entre las pruebas evaluadas por la Superindustria se acreditó que las inversiones en publicidad para posicionar dicha marca en el territorio Colombiano durante el periodo 2010 y 2014, superaron los tres mil millones de pesos ($3.000 millones).

Otra de las pruebas que tuvo en cuenta la Entidad fueron las cifras reportadas en ventas durante el mismo periodo, las cuales superaron los doscientos sesenta mil millones de pesos ($260.000 millones).

Por otra parte, en el estudio comparativo, la Superindustria determinó que de llegar a registrarse la marca RICAS DONUTS DONUTS se correría el riesgo de confundir a los consumidores dadas sus similitudes de diseño con la marca DUNKIN’ DONUTS, las cuales incluían colores similares en tonalidad y en distribución, hecho que se ve reforzado al considerar que los productos de panadería y de pastelería a identificar con el signo solicitado poseen la misma naturaleza de las donas identificadas con el signo notorio, por lo que se dirigirán a los mismos consumidores.

Adicionalmente, la Superindustria también tuvo en cuenta que existía evidencia que demostraba fuertes similitudes tanto en la apariencia de los empaques como en el de las servilletas con los cuales se distribuían los productos de ambas marcas, hecho que reforzaba la posibilidad de que los consumidores confundieran o asociaran a la marca RICAS DONUTS DONUTS con la marca notoria DUNKIN’ DONUTS, lo que impide de esta forma la concesión del registro marcario solicitado por INDUSTRIA DE DONUTS INDUDONUTS SAS.

Con fundamento en lo anterior, la Delegatura para la Propiedad Industrial negó el registro de la marca mixta RICAS DONUTS DONUTS.

No procedencia de recursos

Contra la decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio no procede ningún recurso.

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